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NUEVO PLAN DE VIVIENDAS APROBADO MARZO 2018

Ayudas para alquilar, comprar y rehabilitar: las líneas maestras del Plan de Vivienda aprobado por el Gobierno

El Consejo de Ministros ha dado luz verde al Plan de Vivienda 2018-2021, que incluye ayudas para el alquiler, la compra y la rehabilitación, desde el pacuyos efectos serán retroactivos desde el 1 de enero. Resumimos las principales subvenciones que contempla el proyecto y que se conocen hasta el momento, los diferentes beneficiarios, así como los requisitos a cumplir en cada uno de los casos. En líneas generales, contiene ayudas al alquiler, la rehabilitación y la compra de viviendas. 

Según ha explicado el ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, "se trata de un plan que intenta satisfacer las necesidades reales y que está especialmente enfocado a los jóvenes, a los mayores y a los colectivos más desfavorecidos. Hemos incorporado más del 80% de las sugenrecias que nos han realizado Ayuntamientos y representantes del sector". Además, se van a 

A pesar de que fue presentado por Fomento en mayo del año pasado, su aprobación se ha retrasado casi un año y ha incluido algunas novedades respecto al borrador que estaba previsto. Reumimos las líneas maestras de la normativa:

Cuándo pueden solicitarse

Como estaba previsto, las ayudas tendrán carácter retroactivo desde el pasado 1 de enero y, además, que tiene diferentes beneficiarios: los inquilinos jóvenes y mayores de 65 años, los desahuciados, los jóvenes interesados en comprar una vivienda, las comunidades de vecinos y las promotoras (y organismos públicos). Según Fomento, las CCAA deben suscribirlo en dos-tres meses, por lo que todo apunta que se podrán pedir las ayudas desde junio. 

Ayudas al alquiler Ayudas para menores de 35 años. Los inquilinos que ganen hasta 19.362 euros/anuales (cantidad equivalente a tres veces el IPREM si se cobran 12 pagas) y no tengan una casa en propiedad en España pueden pedir una subvención de hasta el 40% de la renta mensual siempre que ésta no exceda de 600 euros. En ciudades como Madrid o Barcelona, donde los precios de los alquileres están más altos, el límite de la renta para percibir la asistencia asciende a los 900 euros. La vivienda alquilada debe ser la habitual durante el tiempo que dure la ayuda; esto es, de hasta tres años. Ayudas para mayores de 65 años. Los inquilinos jubilados podrán beneficiarse de la ayuda de hasta el 50% de la renta mensual, siempre que su patrimonio no supere los 100.000 euros, que no tengan vivienda en propiedad en España y ganen hasta 19.362 euros/anuales (cantidad equivalente a tres veces el IPREM si se cobran 12 pagas) Ayudas para desahuciados. Los afectados por desahucios de su vivienda habitual podrán optar a ayudas de hasta 400 euros mensuales para pagar la renta del alquiler en una de las viviendas del gran parque estatal que quiere crear el Ministerio de Fomento a partir de los pisos cedidos por la banca. Una medida que ha levantado polémica con el sector bancario. La renta de estos pisos no podrá exceder los 400 euros mensuales, por lo que la subvención podría alcanzar el 100%, según el caso, durante un plazo de hasta tres años.  Ayudas para familias con características especiales. Para las familias numerosas, el límite que da derecho a recibir la ayuda es de cuatro veces el IPREM (es decir, de hasta 25.816 euros anuales), al igual que las familias que tengan algún miembro con una discapacidad de al menos el 33%. El límite es de cinco veces el IPREM (32.270 euros anuales) para las familias numerosas espciales (cuatro hijos o más) y las que tienen miembros con una discapacidad severa.  Ayudas a la compra

Las ayudas a la compra de una vivienda solo están disponibles para los jóvenes menores de 35 años. ¿Y en qué consiste? Básicamente, en una subvención del 20%, con un límite de 10.800 euros para la adquisición, siempre y cuando no tenga un inmueble en propiedad.

Ahora bien, hay otras dos consideraciones generales a tener en cuenta: la ayuda está condicionada a que la casa esté ubicada en municipios de menos de 5.000 habitantes (medida que va destinada a evitar la despoblación de las zonas rurales) y que su precio no supere los 100.000 euros. "Éste es el único caso en el que habrá ayudas directas a la compra", ha recalcado de la Serna. 

Según el diario ABC, la ayuda se hará efectiva una vez que el comprador aporte la escritura pública de la compraventa. En el caso de que la vivienda no esté construida (es decir, la adquisición sea sobre plano), la ayuda se recibirá cuando el beneficiario aporte el contrato privado que incluya la subvención como parte de las entregas a cuenta, así como el aval o seguro sobre dichas entregas que exige la Ley de Ordenación de la Edificación. 

Ayudas a la rehabilitación

En este caso, los beneficiarios son tanto los propietarios de viviendas unifamiliares como las comunidades de vecinos de viviendas colectivas (pisos). Según Fomento, hay más de cinco millones de inmuebles susceptibles de pedir la ayuda. 

Hay diferentes actuaciones que son objeto de subvención, como por ejemplo las relacionadas con la mejora de la eficiencia energética de la vivienda, como la mejora de la envolvente térmica de la vivienda; la instalación de sistemas de calefacción, refrigeración, producción de agua caliente sanitaria y ventilación para el acondicionamiento térmico, o el incremento de la eficiencia energética de los ya existentes; el establecimiento de equipos de generación o que permitan la utilización de energías renovables; la aplicación de mejoras que protejan del ruido o la instalación de sistemas que contribuyan a reducir la contaminación interior del inmueble. 

Las ayudas son de 12.000 euros para las viviendas unifamiliares (sube en 1.000 euros más si el inmueble esté catalogado como un Bien de Interés Cultural (BIC), y 8.000 euros en el caso de los pisos. En el caso de edificios de viviendas, el límite también serán 8.000 euros por vivienda.

Entre los requisitos están que el inmueble sea anterior a 1996 (el anterior Plan de Vivienda se limitaba a los anteriores a 1981), que sea el hogar habitual del propietario o arrendatario y que se presenten varios documentos: un Informe de Evaluación del Edificio o la ITE correspondiente actualizada, el acuerdo de la comunidad de propietarios y el proyecto de las actuaciones a realizar. Además, los plazos máximos para realizar las obras son de entre 12 y 18 meses desde que se concede la licencia municipal. Para los chalets, por ejemplo, es un año, mientras que para los edificios que dispongan de más de 40 viviendas, el límite es año y medio. 

Ayudas a la contrucción para viviendas de alquier (promotores y organismos públicos)

Por último, el Plan de Vivienda 2018-2021 también contempla subvenciones para todos aquellos que construyan viviendas destinadas al alquiler, ya sean promotores privados u organismos públicos. Además, las casas deben estar destinadas al alquiler durante 25 años.

Consisten básica en subvencionar hasta 300 euros/m2 útil, con un límite del 40% de la inversión y de hasta 31.500 euros por vivienda, siempre que el inquilino tenga unos ingresos de hasta 4,5 veces el IPREM y que el precio máximo del alquiler sea de 7 euros mensuales por m2 útil. En el caso de que las casas estén destinadas a alquileres más baratos (para inquilinos que ganen menos de tres veces el IPREM), las ayudas aumentan a 350 euros/m2 útil, con un límite del 50% de la inversión y de hasta 36.750 euros por cada vivienda.

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